Conozca un poco sobre la CRA y la CREG
Servicios públicos
20 de enero, 2022
Su objetivo principal es mejorar las condiciones del mercado de los servicios que reciben los colombianos.
CRA: Comisión de regulación de agua potable y saneamiento básico
CREG: Comisión de regulación de energía y gas.
Las Comisiones de Regulación fueron creadas para garantizar la competencia y la defensa de los derechos de los usuarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley 142 de 1994.
Las comisiones tienen como finalidad desarrollar la intervención del Estado en el ámbito socio-económico para la regulación, de los servicios públicos domiciliarios mediante asignación de la propia ley o en virtud de delegación por parte del Presidente de la República según lo establece el art 370 de la Constitución política; para promover y garantizar la competencia entre quienes lo presten, la cual estará sujeta a su estructura, organización y funcionamiento.
CRA | CREG | |
NORMATIVIDAD | Art. 69 Ley 142/9469.1. Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, adscrita al Ministerio de Desarrollo Económico. | Art. 69 Ley 142/9469.2. Comisión de Regulación de Energía y Gas Combustible, adscrita al Ministerio de Minas y Energía.Decreto 1260/13 |
OBJETO | Tiene como propósito fundamental regular y promover la competencia, impulsar la sostenibilidad del sector Agua Potable y Saneamiento Básico, evitando abusos de posición dominante, garantizando la prestación de servicios de calidad, con tarifas razonables y amplia cobertura. | Tiene por objeto regular la prestación de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, previniendo el abuso de posiciones dominantes y se produzcan servicios de calidad. |
FUNCIONES ESPECÍFICAS | – Promover la competencia entre quienes presten los servicios de agua potable y saneamiento básico – Establecer, en qué eventos es necesario la realización de obras, instalaciones y operación de equipos destinados a la prestación de servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. | – Crear las condiciones para asegurar la disponibilidad de una oferta energética. – Determinar las condiciones hacia la libre competencia. – Definir la metodología para el cálculo de las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas. – Aprobar las tarifas. – Fijar las tarifas de venta de electricidad para los usuarios finales. – Velar por la protección de los derechos de los consumidores en especial, los de estratos de bajos ingresos. |
Las Comisiones de Regulación aprueban los costos de las tarifas de los servicios públicos domiciliarios, cabe resaltar que existen empresas prestadoras de servicios que no se someten a las formulas tarifarias que establecen las comisiones de regulación, fijan libremente sus tarifas pero tienen la obligación de informar a las comisiones y a la Superintendencia de Servicios Públicos sobre las tarifas fijadas.
Criterios para definir el régimen tarifario:
- Eficacia económica; Neutralidad; Solidaridad y redistribución; Suficiencia financiera; Simplicidad y Transparencia
Si desea ampliar un poco la información acerca de los criterios del régimen tarifario lo invito a leer el art 87 de la ley 142/94.
Por otro lado, el numeral 7.11 del art 73 de la ley 142/94 le atribuyo a la CREG (Comisión de regulación de energía y gas) la facultad de establecer fórmulas libres para la fijación de las tarifas del servicio público domiciliario de gas combustible, acorde al art 88 de la misma ley.
Angie Gasca Rincón
Asesor Jurídico
Confederación Colombiana de Consumidores
BIBLIOGRAFÍA
- Constitución Política de Colombia
- Ley 142 de 1994 Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones
- Comisión de regulación de agua potable y saneamiento básico. (21 de octubre de 2021). https://www.cra.gov.co/seccion/nuestra-entidad/normatividad-actos-administrativos.html
Comisión de regulación de energía y gas. (21 de octubre 2021). http://www.creg.gov.co/